A favor del Bicameralismo

Columna de la Senadora de la República de Chile, Isabel Allende Bussi, apoyando la existencia de un Bicameralismo en la nueva Constitución Política de la República, en un Estado unitario, con un régimen presidencial atenuado y con un parlamento bicameral.
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Las constituciones deben ser modificadas cuando se convierten en un obstáculo para solucionar crisis, cuando las instituciones creadas se deslegitiman por no interpretar ni resolver adecuadamente las demandas ciudadanas y cuando tales instituciones se vuelven obsoletas ante la evolución de las ideas, con el surgimiento de nuevos valores sociales que les dan fundamento a las normas.

Nuestra nueva Constitución tendrá que resolver, entre otras materias, si instaura un régimen presidencial, semipresidencial o parlamentario. Debe optar si el Estado es unitario o federal. Y si el Congreso Nacional debe ser unicameral o bicameral.

En este sentido, y entendiendo que el actual sistema político concebido por la Constitución del 80 presenta dificultades y trabas antidemocráticas, que hacen muchas veces que el proceso legislativo llevado a cabo por el Congreso se vuelva lento e ineficaz, y que en este órgano de representación no se reflejen debidamente las diversidades de la sociedad chilena, somos partidarios de reformar sustantivamente el actual Bicameralismo para hacerlo más eficiente, con facultades y funciones diversas, pero sin abandonar la existencia de dos cámaras, las que creemos fundamentales para el enriquecimiento del debate normativo y el fortalecimiento de nuestra democracia.

Decimos entonces que los principales argumentos para defender la existencia de dos cámaras son la existencia de un Senado -o como quiera llamársele en la nueva Constitución Política de la República como cámara- que amplía la representación de los territorios, fortaleciendo la descentralización y la democracia. Esta opción se caracteriza porque al Senado corresponde una representación territorial y a la Cámara de Diputadas y Diputados una representación proporcional. En el primer caso, las regiones participan en igualdad de condiciones y, en el segundo, la representación proporcional refleja la pluralidad ciudadana.

De existir una sola cámara se crearía una situación de mayor representación en las regiones con mayor número de habitantes. Así, dado que la mayoría de la población nacional reside en la Región Metropolitana con más de 8 millones de habitantes -lo que corresponde al 41% de la población del país- por lo que tendría derecho a un mayor número de parlamentarios, lo que puede significar ventajas a la hora de adoptar decisiones, fortaleciendo el centralismo que debe corregirse en nuestro país.

Sin embargo, es necesario que un parlamento bicameral no sólo tenga representaciones distintas, sino que funciones diferentes en sus dos cámaras, con excepción de la función legislativa.

Una segunda cámara aporta mayor reflexión por la ampliación del debate, crea mecanismos de pesos y contrapesos para la toma de decisiones en un proceso colaborativo entre las dos corporaciones.

Un Senado que se renueva parcialmente a cada cuatro años, preserva los conocimientos y las experiencias necesarias para apoyar nuevos cursos de acción, evitando que representaciones políticas mayoritarias y transitorias en una sola cámara adopten decisiones que al corto plazo pierdan vigencia o puedan ser contrarias al interés nacional.

También una segunda cámara hace posible un mayor control particularmente en la defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos y en el control del Poder Ejecutivo.

Otra debilidad -de existir una sola cámara- se relaciona con el juicio político contra las autoridades que la Constitución señala. Corresponde a la Cámara de Diputados declarar si o no a lugar las acusaciones en contra de autoridades políticas, judiciales y militares de alto grado. Y corresponde al Senado aprobar o no la acusación actuando como jurado. Esto evita que una sola cámara actúe como juez y parte en eventos de esta naturaleza.

Un parlamento unicameral significa menor costo y mayor rapidez a la hora de legislar y adoptar decisiones. Sin embargo, más que la rapidez, es fundamental que las leyes sean bien hechas, que perduren en el tiempo y que cumplan con los objetivos que se proponen. Esta posibilidad se logra con una cámara revisora. Un parlamento bicameral puede legislar con mayor rapidez si racionaliza y digitaliza el proceso legislativo.

Un parlamento bicameral puede legislar con mayor rapidez si se modifica el proceso legislativo, dando mayor poder a las Comisiones para resolver las leyes. De igual manera se ha demostrado que la implementación de mesas técnicas entre asesores legislativos y el Ejecutivo hace más fluido y eficiente el trabajo, y esta debería, por tanto, ser la regla general.

En definitiva, somos partidarios de un Estado unitario, de un régimen presidencial atenuado y de un parlamento bicameral. Todo ello enteramente distinto a lo que establece la actual Constitución Política.

El Bicameralismo chileno actual requiere un cambio profundo, donde esperamos que la Convención cuente con todos los antecedentes necesarios para su trabajo, y nosotros, como actuales parlamentarios en ejercicio, podamos colaborar con nuestra experiencia, autocrítica y por supuesto, con ideas nuevas que vayan en la línea de lo que hoy las chilenas y chilenos están demandando de sus mandatarios.