Intervención de la Senadora por la Región de Valparaíso, Isabel Allende Bussi, en el marco del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, instaurado por Naciones Unidas.
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Señor Presidente:

Hoy es el día internacional de las personas de las personas en situación de discapacidad, el cual crea un espacio de reflexión en torno a la necesidad de promover sus derechos y mejorar su bienestar. Para esto se proclamó en 1993 por Naciones Unidas el mismo.

Las personas en situación de discapacidad tienen diversas barreras para desarrollarse íntegramente dentro de la sociedad. La Organización Mundial de la Salud, señala que un 15% de la población mundial tiene algún tipo de discapacidad. Según el Estudio Nacional de Discapacidad de 2015, en Chile hay 2 millones seiscientas mil personas con algún tipo de discapacidad, de la cual 63% pertenece a mujeres.

Quiero aprovechar esta oportunidad para señalar que la semana pasada presenté una moción que era inadmisible, que proponía rebajar la tarifa en los pasajes en el transporte público para estas personas. Ojalá que, en la discusión de la rebaja para adultos mayores, el ejecutivo los contemple, ya que la mayoría de ellos no cuenta con ingresos fijos, pese a los intentos que se han realizado por mejorar su inclusión laboral.

Además, debemos llamar la atención que la discusión del tema de pensiones, las pensiones básicas solidarias también implican un aumento en la pensión básica de invalidez.

Otra iniciativa que debemos empujar, es incorporar a las personas con algún tipo de discapacidad intelectual o cognitiva como ciudadanos, con pleno derecho a sufragio, como sucede hoy en diversas partes del mundo, y que ha sido una recomendación del Comité de los derechos de las personas con discapacidad. En ese ámbito, está pendiente que la moción que presenté este año en ese sentido, la revisé la comisión de constitución.

El proyecto que discutimos viene a solucionar un problema jurídico para otorgar mayor certeza respecto a la utilización del estacionamiento reservado a personas en situación de discapacidad.

Éste proyecto se encuentra pendiente aún, porque necesitaba aclaración de cuál era la conducta prohibida, debido a la superposición de normas en la ley del tránsito. El artículo 200 señala hoy como infracción grave el usar “indebidamente” estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad, pero el art. 201, también establecía como infracción menor grave el estacionar en espacios destinados a vehículos para personas con discapacidad.

La solución era eliminar la referencia que se hacía en 201. Pero dejaba en el 200 el concepto de “indebido”, lo que genera dudas al ser impreciso. ¿Qué entendemos por “uso indebido”?. Por esto, la solución de la Comisión de Transportes fue dejar como conducta sancionada: ““28. Estacionarse, usar u ocupar estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad, sin derecho a ello;”, lo cual ya está suficientemente determinado.

Quiero señalar que aún quedan temas pendientes. Por ejemplo, los jueces de policía local explicaron en la Comisión que la utilización de estos estacionamientos se permite a través de acreditar con la credencial de discapacidad, pero hay algunos que no lo tienen, como las personas con movilidad reducida. Espero que se tenga una pronta solución de lo mismo, para evitar problemas a futuro, haciendo pasar malos ratos a estas personas.

Esperamos que en este día hagamos una reflexión acerca de la integración de las personas en situación de discapacidad, y como empujamos una legislación que sea acorde con estos desafíos.